En el sistema sanitario valenciano: ¿trabajamos con pacientes o con personas usuarias?

Publicado por Academia Albanta en

No siempre es fácil utilizar el lenguaje de manera precisa, pero hay herramientas que nos ayudan a conseguir este objetivo. Por ejemplo, saber si un enunciado se refiere a un paciente o una persona usuaria lo podríamos conseguir leyendo la ley 10/2014, de 29 de diciembre, de salud de la Comunitat Valenciana.

Esta ley, que ha formado parte del tema 2 de normativa sanitaria común de las últimas convocatorias de oposición, presenta en su Título I, Capítulo II de Principios y definiciones, lo que se entenderá por:

Paciente: persona que requiere y recibe asistencia sanitaria para el mantenimiento o recuperación de su salud.

Persona usuaria: persona que utiliza o se beneficia de los servicios sanitarios, cualquiera que sea su naturaleza.

Además, podemos aprovechar para ampliar vocabulario con definiciones como:

Determinantes de la salud: conjunto de factores personales, sociales, económicos y ambientales que determinan el estado o condición de salud de los individuos o poblaciones.

Desigualdades de salud: diferencias sistemáticas, evitables e injustas en el nivel de salud de distintos grupos sociales definidos por identidad de género, orientación sexual, edad, etnia, nivel socioeconómico, situación de discapacidad o dependencia, lugar de residencia o país de origen, entre otros factores.

Evaluación del impacto en salud: combinación de métodos, procedimientos y herramientas con los que puede ser analizada una política, un programa, proyecto o actividad en relación con sus efectos potenciales sobre la salud de la población y de sus subgrupos.

Institución sanitaria: conjunto organizado de medios técnicos e instalaciones en el que personal profesional capacitado, por su titulación oficial o habilitación profesional, realiza básicamente actividades sanitarias con el fin de mejorar la salud de las personas.

Servicios sanitarios: conjunto organizado de prestaciones de la administración sanitaria, tengan un carácter individual o colectivo, con el objetivo de mejorar la prevención y salud de las personas y reducir las desigualdades de salud en la población, incluyendo tanto los servicios asistenciales como de salud pública.

Esperamos que este pequeño repaso de vocabulario sea también una excusa para conocer la Ley de Salud de la Comunidad Valenciana.