Consentimiento informado o excusas para el estudio

Publicado por Academia Albanta en

Las situaciones de la práctica clínica diaria nos ayudan estudiar y, aún más, nos permiten recordar ejemplos que fijarán en nuestra memoria algunos conceptos. Esto nos puede ocurrir con el consentimiento informado.

La ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana, y de la que hablamos en una entrada anterior del blog, presenta un artículo dedicado al “Derecho al consentimiento informado” (artículo 43) y en su apartado 9 se puede leer:

“La información previa al consentimiento se facilitará con la antelación suficiente y, en todo caso, al menos 24 horas antes del procedimiento correspondiente, siempre que no se trate de actividades urgentes. En ningún caso se dará información al paciente cuando esté adormecido ni con sus facultades mentales alteradas, ni tampoco cuando se encuentre ya dentro del quirófano o la sala donde se practicará el acto médico o el diagnóstico” 

Recordar el dato de “al menos 24 horas” es importante y anotar la excepcionalidad de la urgencia también.

La regla para un examen tipo test que nos indica que las respuestas con las palabras “nunca” o “siempre” hay que descartarlas no son útiles en este caso. El artículo estudiado indica, “en ningún caso se dará información…”

Además, aprovecharemos para hacer relaciones con otros temas: el artículo 43 es el del consentimiento informado (ley 10/2014) y también es el artículo del derecho a la protección de la salud de la Constitución Española. Un número que no está de más recordar.

Con este artículo introducimos algunas ayudas al estudio como la lectura guiada, algunas directrices para responder preguntas de tipo test y la necesidad de relacionar conceptos para ayudar a recodar.

En próximas entradas profundizaremos en algunas estrategias de estudio como las que hemos nombrado.