Bolsa de empleo de las Instituciones Sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública abiertas de manera permanente.
La Resolución de 12 de noviembre de 2021 permite que las inscripciones a la bolsa de trabajo de Instituciones Sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública permanezcan abiertas de manera permanente. ¿Y esto qué supone?
Como gran novedad encontramos que el procedimiento de inscripción en las listas de empleo temporal estará disponible en la página web de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de manera permanente, los 365 días del año y las 24 horas del día. Por lo que cualquier persona podrá inscribirse en la bolsa y aportar sus méritos en cualquier momento.
¿Quiere decir esto que desde el momento de la inscripción estaré activo en bolsa? NO
La Dirección General de Recursos Humanos determinará el número de ediciones que publicará a lo largo del año y la fecha de corte de valoración de los méritos de cada una de ellas. También se establecerá la fecha a partir de la cual, las solicitudes pasarán a formar parte de la edición futura.
¿Y cuando estaré activo en bolsa? La Dirección General de Recursos Humanos determinará la fecha de corte en la que se valorarán los méritos de las aspirantes. La edición que surja de esa fecha incluirá a las personas y méritos hasta esa fecha.
La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con el baremo de méritos que de la Orden 4/2019 de 14 de noviembre.
¿Hay cambio en el baremo? NO, sigue vigente el de la Orden 4/2019
Otra de las grandes novedades que supone este cambio es que se crearán unas listas de reserva con las personas que se inscriban por primera vez en las listas de empleo de la categoría que precise de personal por ser listas deficitarias.
¿Y si me inscribo y no hay nueva edición, en que situación quedo? Formarás parte de la lista de reserva. Esta lista se utilizará en caso de que no haya aspirantes disponibles en la edición y categoría vigente.
¿Y a quién llamarán primero? El orden de llamada en las listas de reserva será el orden de registro de entrada de la solicitud de inscripción.
¿Me sancionarán si renuncio a un contrato estando en lista de reserva? No se aplicarán las situaciones administrativas descritas en el artículo 23 de la Orden 4/2019 de 14 de noviembre. No obstante, en el caso de que no acepten las ofertas de trabajo, se les excluirá de las listas de reserva.